Exportadores de productos
alimenticios a los Estados Unidos; tienen que renovar a tiempo su
Registro ante la FDA.
La FDA (Food and Drugs Administration), en español, Administración de Alimentos y Medicamentos.
Estados Unidos promulgó la Ley de Seguridad Pública, 102-188, conocida como la Ley contra el Bioterrorismo del 2002.
El Capítulo III de la Ley: Protección
e Inocuidad en el Suministro de Alimentos y Medicamentos, contempla:
Registro de Empresa.
Se registraron a partir del
12 de octubre de 2003 todas las instalaciones dentro o fuera de EE.UU. que: Fabrican, procesan, empacan o almacenan alimentos.
Ahora mes de Octubre:
La renovación del Registro
en la FDA es obligatoria para todas las empresas extranjeras y domesticas; medida tomada en el año 2003.
A
partir del 1 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2014, comenzó oficialmente el
plazo para realizar la renovación del registro ante la FDA.
Todas las empresas
exportadoras de alimentos para consumo humano o animal a territorio amerciano y
registradas ante la FDA deben renovar sus registros, tarea que se realiza cada
dos años en años pares.
¿Pero yo estoy registrado, por qué tengo que renovarlo?
Porque lo exige la Ley de
Modernización de la Inocuidad de los Alimentos (FSMA), al entrar en vigencia en el 2012.
No olvides que todo los alimentos importados que lleguen a la Aduana de los Estados Unidos y no hayas renovado su Registro no podrá comercializar o vender sus productos.
Tanto el registro nuevo
como la renovación de un registro existente no tienen ningún costo, es gratis.
La renovación del Registro FDA puede hacerse
en Línea en la página Web de la FDA.
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