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Cambio en regulación para Exportar Alimentos a China

Regulaciones alimentarias en China

Cambio en la regulación para las exportaciones del sector agroalimentario y pecuario y pesca a china

A partir del 1 de enero de 2022 todos los establecimientos exportadores de alimentos a China deberán estar registrados ante la Administración General de Aduanas de China (GACC por sus siglas en inglés).  Este registro se debe realizar con fundamento en los Decretos No. 248 y 249, que establecen nuevas regulaciones administrativas para el registro de empresas que manufacturan alimentos para exportación a China.


Los registros de empresas exportadoras que se han realizado anteriormente de conformidad con los protocolos vigentes entre Costa Rica y China se mantienen, por lo que no es necesario realizar un procedimiento adicional. Estas disposiciones únicamente aplican a productos alimenticios cuya exportación no se encuentra regulada bajo un protocolo específico. La exportación por primera vez de productos cárnicos, huevos y sus productos, acuáticos, lácteos -no regulados por los protocolos vigentes- requiere previamente de una evaluación del sistema nacional sanitario y de inocuidad de alimentos respecto a esos productos, por parte de la GAAC para determinar los requisitos de inspección y cuarentena correspondientes. Posteriormente se procede al registro según el Decreto No. 248.


El Decreto No. 248 establece una lista de productos cuyas empresas productoras deben registrarse ante la GACC a través de la solicitud de una autoridad nacional competente. Esta modalidad de registro aplica a las empresas que producen los siguientes alimentos para la exportación a China:

Las empresas extranjeras exportadoras de otros alimentos a China (no incluidos en la lista anterior) deberán presentar la solicitud de registro ante la GACC directamente o a través de agencias encargadas para ese efecto. Las autoridades de GACC han informado que el registro directo se debe realizar en el Site de la "Ventanilla Única de Comercio Internacional" en cumplimiento de los requisitos del Decreto No. 248, a saber:


  • La solicitud de registro de la empresa, con el nombre de la empresa, el país exportador, la dirección del lugar de producción, el representante legal, los contactos, el número de registro aprobado por la autoridad competente del país exportador, la categoría del alimento registrado, el tipo de producción y la capacidad, entre otros.
  • Los documentos de identificación de la empresa, tales como la licencia o permiso de funcionamiento de la autoridad del país exportador.
  • Una declaración de cumplimiento de las empresas.


Las empresas extranjeras autorizadas para exportar a China deberán marcar el número de registro chino o el número de registro aprobado por la autoridad competente del país exportador en los empaques de los alimentos exportados. Este registro será válido por 5 años.

Fuente: PROCOMER- Alertas Comerciales, noviembre 2021


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