Agente de Aduana
El agente de aduana es un profesional auxiliar de la función pública
aduanera, cuya licencia lo habilita ante el Servicio Nacional de Aduanas para
prestar servicios a terceros, sea exportador o importador, como gestor en el despacho
de mercancías.
Funciones
y Servicios Generales
Los agentes de aduana son civil y administrativamente responsables por
toda acción u omisión que lesione los intereses del Fisco del
Estado.
Están facultados para los servicios de logística y consultoría en temas
de comercio exterior.
Asesoría para clasificación arancelaria de productos.
Trámite de permisos especiales y almacenes fiscales.
Seguimiento de embarques y asesoría jurídica aduanera.
Presentar ante la aduana la documentación requerida en cada situación
para realizar el despacho de la mercancía.
Optimizar los procesos aduaneros para reducir sus costes y tiempo.
El agente de aduana presta servicios a terceros como gestor en el
despacho de mercancías e intermediario entre importadores y exportadores y la
Aduana.
Además, tiene el carácter de ministro de fe en cuanto a que la Aduana
podrá tener por cierto que los datos que registren en las declaraciones que
formulen en los documentos de despacho pertinentes, incluso si se trata de una
liquidación de gravámenes aduaneros, guardan conformidad con los antecedentes
que legalmente les deben servir de base.
Si los documentos de despacho no permitieren efectuar una declaración
segura y clara, el agente deberá subsanarlo y registrar el dato correcto
mediante el reconocimiento físico de las mercancías.
El agente de aduana podrá prestar sus servicios ante cualquier Aduana
del país.
Requisitos para obtener Licencia de Agente de Aduana en RD.
1. Curriculum Vitae u Hoja de Vida.
2. Copia de su documento de identidad.
3. Certificación expedida por la Dirección General de Impuestos
Internos (DGII), mediante la cual haga constar que está al día en el pago de
las obligaciones tributarias.
4. Certificado de No Antecedentes Penales expedido por la
Procuraduría General de la República.
5. Declaración Jurada que indique que no ha sido condenado por
contrabando, fraude o robo, ni declarado en quiebra fraudulenta.
6. Cartas bancarias que demuestren la solvencia económica del
solicitante, las cuales deberán especificar el promedio aproximado del balance
en los últimos doce (12) meses.
7. Inventario de Bienes Muebles e Inmuebles propiedad del
solicitante, levantado y certificado por un Contador Público Autorizado (CPA),
anexando una certificación de estatuís jurídico de los bienes inmuebles
expedido por la jurisdicción inmobiliaria. Dicho inventario deberá ser
verificado por la Dirección General de Aduanas (DGA), a tales fines esa
institución deberá firmar y sellar el mismo.
8. Informe crediticio de la entidad solicitante, expedido por una
empresa de buró de crédito legalmente establecida en la República Dominicana.
9. Copia de los Títulos, que certifiquen haber concluido los
estudios de grado en una universidad reconocida legalmente en tu país u
homologado su título y haber realizado el curso Básico de Técnicas Aduanera en
el Centro de Capacitación em Política y Gestión Fiscal (CAPGEFI), o en
instituciones reconocidas legalmente y acreditadas por el (CAPGEFI), a través
del Sistema Nacional de Capacitación y Certificación Hacendaria (SINACCAH).
10. Los exfuncionarios y exempleados de la Dirección General de
Aduanas (DGA) que no hayan sido separados de sus funciones por faltas graves,
que hayan concluido sus estudios de grado en una universidad reconocida
legalmente y que hubiesen desempeñado por más de diez (10) años funciones
técnicas y operativas, estarán exentos de realizar el curso Básico de Técnicas
Aduaneras, previa presentación de una certificación de dicha Dirección, excepto
del taller de ética profesional.
11. Pagar a la Dirección General de Aduanas la tarifa establecida para
este servicio.
El Solicitante debe iniciar el trámite en la Dirección General de Aduana (DGA) y termina el proceso en el Ministerio de Hacienda de la República Dominicana.
Comentarios
Publicar un comentario