Todo emprendedor al elaborar un
plan de negocios se pregunta qué hacer en caso de que el negocio quiebre?. Cómo
voy a enfrentar la crisis con los empleados? y de los deudores ni hablar. Que
dolor de cabeza.!!
República Dominicana cuenta con una nueva legislación
que apoya de cierto modo, el establecimiento de las inversiones privadas; estamos
a nivel de los países Latinoamericanos que tienen sus normativas para
estos casos especiales.
Me refiero a la Ley de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes (Ley
de Quiebra No. 141-15); seguimos
avanzando en la facilitación en el clima de negocios.
Esta Ley crea los procedimientos
necesarios para que las empresas y las personas físicas que pasen por esta situación puedan:
- Recurrir a una inspección para mantenerse operando.
- Llegar a un punto de equilibrio con los entes afectados.
- Liquidar entre los acreedores todos los bienes que posea la empresa.
Alivio para los inversionistas locales y extranjeros; la vigencia de la Ley de Quiebra supone:
Permanencia de grandes, medianas
o pequeñas empresas
- Los empleos se mantendrán
- Protección a las inversiones
- Estímulo a los emprendedores
La Ley de Quiebra garantiza los derechos de acreedores y empleados de las empresas con problemas financieros, garantizándoles un plan de reestructuración basada en lo legal.
La Ley de Quiebra establece un marco jurídico que se aplica a procedimientos con matices internacionales.
En hora buena, la aprobación de
la nueva Ley por parte del Senado dominicano.
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