En el post de ayer, tratamos los requisitos medioambientales de los productos químicos para poder acceder a los mercados de la Unión Europea (UE); hoy veremos las principales normas y regulaciones que tienen que cumplir los productos que contengan sustancias que afecten la capa de ozono, los gases fluorados de efecto invernadero, los residuos químicos y las especies en peligro de extinción.
Sustancias que agotan la capa de ozono
Los exportadores de productos pulverizadores, refrigeradores, disolventes o extintores que contengan sustancias (bromuro de metilo) que agotan la capa de ozono, deberá asegurarse que no estén prohibidas o permitidas en cantidades limitada por la legislación de la UE.
En condiciones particulares, cuando no exista otra opción se puede comercializar algunas sustancias que agotan la capa de ozono, siempre que cumpla las exigencias establecidas en el Reglamento (CE) No. 1005/2009; veamos:
Que el país de originario del producto o país no perteneciente a la UE, sea signatario del Protocolo de Montreal sobre Sustancias que agotan la Capa de Ozono.
Que los productos vayan acompañados de una licencia de importación expedida por la Dirección General de Medio Ambiente de la Unión Europea, y que paguen una cuota anual.
Gases fluorados de efecto invernadero
Los gases fluorados son gases de efecto invernadero potente y extremadamente persistente en la atmósfera. Con el fin de restringir los efectos nocivos que estos gases provocan en la atmósfera, la Unión Europea ha dispuesto una serie de requisitos y normativas internacionales para su uso.
Las exportaciones productos de refrigeración, equipos de aire acondicionado y bombas de calor, equipos de conmutación de alta tensión, calzado, neumáticos, aerosoles o sistemas de protección contra incendios a la UE, deberán cumplir los requisitos relativos al uso de gases fluorados de efecto invernadero.
La política de la UE persigue reducir las emisiones de los gases fluorados de efecto invernadero recogidos en el Protocolo de Kioto (hidrofluorocarbonos, perfluorocarbonos y hexafluoruro de azufre).
Residuos
La política de la UE exige que todos los residuos que entren a sus mercados se autoricen con antelación y se notifiquen a las autoridades, ya que están sujetos a unos requisitos específicos.
Todos los envases que se comercializan en la UE deben cumplir unos requisitos básicos en cuanto a composición y valorización. El objetivo de estos medida regulatoria es prevenir la producción de residuos de envases, promover la reutilización y reducir la eliminación final de los mismos.
Como requerimientos los envases deben:
Tener un valor y un peso mínimos.
Contener cantidades mínimas de sustancias peligrosas. (especialmente metales pesados).
Ser aptos para la reutilización, valorización y reciclado.
Estar etiquetados e indicar su composición (para facilitar la recogida, reutilización y valorización.
Las normas y regulaciones Europeas restringe el uso de sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos, y promueve la reutilización, el reciclado y otras formas de valorización de dichos residuos. Así también, prohíbe la comercialización de pilas que contienen sustancias peligrosas y exige que las mismas y los acumuladores usados se recojan y se reciclen en programas especiales.
Especies amenazadas (CITES)
Algunas especies en la UE están sujetas a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES) de 1973, con el objetivo de preservar y regular su comercialización.
Es por ello, que si desea exportar a la Unión Europea productos de la flora o fauna silvestre o subproductos asociados, deberá tomar en consideración las disposiciones establecidas por la Convención CITES.
Se prohíbe o restringe el comercio de productos que contenga especímenes de determinados animales y vegetales amenazados (como los artículos de cuero, artesanía, joyas, flores, vegetales, muebles y antigüedades).
En cuanto a los especímenes de otras especies, se permite la importación bajo unas condiciones determinadas pero únicamente si el envío va acompañado de los documentos oficiales, tales como: Permisos de (re)exportación, permisos de importación o notificaciones de importación.
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